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La policía catalana explica que la moto detectada por el helicóptero circula a una velocidad “anormalmente reducida” y advierte a los otros usuarios, con señales que pueden observarse brevemente en el metraje, de la presencia policial. Las explicaciones de los Mossos y la denuncia presentada al motero en cuestión han encendido el debate en la cuenta de X de la policía autonómica.
Estas son las imágenes que han prendido la llama a una discusión que se acerca al centenar de comentarios y supera las 60.000 visualizaciones en cuestión de horas de su publicación este martes:
“¿Podrían explicar qué infracción se ha cometido exactamente?”, pregunta, incrédula una usuaria. Otros muchos discuten una de las premisas del mensaje lanzado por los Mossos, y es que legalmente no detectan una circulación anómala o, más bien, ilegal, por parte del motorista que vemos en las imágenes.
Como puede verse en el encabezado de este artículo, el motero circula a unos 45-50 km/h en una vía donde el límite está en los 70 km/h: con la ley en la mano, la moto no está circulando ni mucho menos “anormalmente” lento, ya que para ello debería ir un 50% más lento que el límite de velocidad establecido. “¿Es ilegal advertir de la presencia policial?”, se pregunta otro usuario.
Actualmente, no hay ninguna ley que prohíba de forma explícita avisar con señales gestuales a otros conductores sobre la presencia policial. Sí hay en el redactado del Reglamento General de Circulación (RGC) un apartado que prevé una sanción de entre 100 y 200 euros por avisar con ráfagas de luces largas (usadas en cualquier contexto no previsto) sobre controles a otros vehículos. La dificultad de esta sanción está en demostrar los hechos y las intenciones del conductor o, en este caso que nos incumbe, motorista.
Ninguna parte del redactado habla de señales con la mano, como la que vemos en el vídeo. Además, es de sobras conocido el gesto de uves y ráfagas que, en otro contexto, los motoristas realizan al cruzarse por la vía, una acción que no está tampoco prohibida.
Otro método de aviso que ha proliferado en los últimos años, las alertas por canales digitales como Whatsapp u otras aplicaciones, si que ha sido objeto de fuertes sanciones recientemente bajo la conocida como ley mordaza de seguridad ciudadana: bajo esta premisa, interferir en el éxito de operaciones de los agentes de seguridad es una infracción grave, multada con entre 600 y 30.000 euros de sanción económica según el caso.
Quizás bajo esta premisa, los agentes estén amparados para multar al motoristas que aparece en las imágenes, si bien Tráfico no ha aclarado las infracciones exactas por las que se ha terminando denunciando al motoristas que abierto este melón, sin quererlo, en las redes sociales este martes.
