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Los motoristas tendrán que acostumbrarse a llevar un nuevo elemento obligatorio en sus motocicletas en España. La reforma del Reglamento General de Circulación (RGC) aprobada mediante el Real Decreto 518/2026 incorpora el chaleco reflectante de alta visibilidad a la dotación obligatoria de las motos. Una medida que ya ha provocado las primeras críticas dentro del colectivo motero.
La norma establece que las motos deberán llevar a bordo un chaleco reflectante de alta visibilidad que cumpla los requisitos correspondientes a los equipos de protección individual. Además, cuando el motorista abandone la motocicleta y ocupe la calzada o el arcén de una vía interurbana, deberá ponérselo. Es decir, no será obligatorio circular con el chaleco puesto, pero sí llevarlo en la moto y utilizarlo cuando las circunstancias previstas por la normativa lo exijan.
El cambio ha generado especial controversia por las dificultades que pueden encontrarse algunos motoristas para transportar este nuevo elemento. A diferencia de un turismo, una motocicleta no dispone de un maletero o un habitáculo en el que guardar fácilmente el equipamiento obligatorio. En determinados modelos, especialmente deportivas o algunas motos de pequeño tamaño, encontrar un espacio adecuado para almacenar el chaleco puede convertirse en un problema.
Uno de los críticos más contundentes ha sido Juan Carlos Toribio, exguardia civil y conocido activista en materia de seguridad vial. A través de su canal de YouTube, Toribio ha cuestionado duramente la nueva obligación y ha resumido su valoración con una contundente frase: “Nos la acaban de meter doblada”.
Toribio también pone el foco en las consecuencias prácticas de la nueva regulación. Según explica, la obligación no afecta únicamente al motorista particular, sino que también alcanza a quienes utilizan motocicletas profesionalmente. Entre sus ejemplos menciona a las patrullas del Seprona de la Guardia Civil, así como a policías locales y agentes de la Policía Nacional que utilizan motos durante su trabajo.
La cuestión fundamental está en diferenciar dos obligaciones. Por un lado, la motocicleta debe llevar el chaleco como parte de su dotación. Por otro, el conductor debe utilizarlo cuando abandone el vehículo y permanezca en la calzada o el arcén de una vía interurbana. La reforma, por tanto, no convierte el chaleco en una prenda que haya que llevar puesta durante la conducción normal.
El nuevo requisito se suma a los cambios introducidos por el Gobierno en materia de seguridad vial y protección de los usuarios vulnerables. El Real Decreto 518/2026 modifica tanto el Reglamento General de Circulación como el Reglamento General de Vehículos y establece nuevas obligaciones que afectan a diferentes colectivos.
El chaleco, por tanto, se convierte en un nuevo elemento que los motoristas deberán tener en cuenta.
