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En 2024 publicamos un artículo aclaratorio sobre unas declaraciones, tanto por parte de la DGT como del entonces ministro de Interior, Grande-Marlaska, sobre la alta siniestralidad de los motoristas en España en el año 2023 con respecto al año anterior.
En aquella ocasión y entre otras propuestas (algunas realmente absurdas), Grande-Marlaska apuntó la posibilidad de prohibir el uso de los cascos jet o abiertos.
Aquellas declaraciones preocuparon tanto a usuarios como a los propios fabricantes de cascos y a las empresas de motosharing por las graves repercusiones que podrían comportar.
ANESDOR (Asociación Nacional Española del Sector de las Dos Ruedas), por boca de José Mª Riaño, secretario general de la entidad, ya declaró en aquel momento que los cascos abiertos seguían siendo legales, siempre que estuvieran homologados, lógicamente.
Ahora y ante otras recientes publicaciones sobre la presunta prohibición del uso de cascos abiertos en vías interurbanas, ANESDOR ha emitido un nuevo comunicado en el que reitera la legalidad de este tipo de cascos:
“Ante la información difundida en varios medios sobre la supuesta prohibición de los cascos abiertos (jet) tras la última modificación del Reglamento General de Circulación (mediante el Real Decreto de Usuarios Vulnerables), queremos aclarar que esta afirmación es incorrecta. Su uso sigue siendo legal en los mismos términos que hasta ahora”.
“La única modificación respecto a los cascos es que los conductores de ciclomotor deberán usarlos homologados (prohibiéndose así el uso de productos con certificaciones inferiores). Esto ya era obligatorio para conductores de motocicletas, triciclos y quads”.
Los cascos abiertos pueden usarse en todo tipo de vías siempre y cuando estén debidamente homologados.MT HELMETS
Y añade el artículo 118 del BOE:
Artículo 118. Cascos y otros elementos de protección:
1. Los conductores y pasajeros de motocicletas o motocicletas con sidecar, de vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, de ciclomotores y de vehículos especiales tipo «quad», deberán utilizar los siguientes elementos de protección:
a) Cascos de protección homologados conforme al Reglamento UNECE R22, adecuadamente abrochados, cuando circulen en todo tipo de vías.
Es decir, que el único requisito es que cumplan la normativa UNECE R22 y estén abrochados.
