Miedo a la nueva señal de Tráfico que obliga a mantener 70 metros de distancia con el vehículo precedente, pero se puede recurrir

La nueva señal que obliga a mantener 70 metros de distancia con el vehículo precedente se puede recurrir
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Ha causado un gran revuelo en redes, y no es para menos, y es que la nueva señal S991f de la DGT, aplicable en autopistas y autovías, nace con polémica y un gran defecto. 

Tal y como publicamos en nuestra anterior noticia sobre este tema, la Dirección General de Tráfico ha anunciado un nuevo cartel indicador que alerta sobre la existencia de dispositivos de control en la vía en determinados tramos de autopistas y autovías, que se utilizan para medir la separación mínima entre vehículos. 

Aún no se ha hecho público qué dispositivos usará, aunque suponemos que deberá ser una combinación de radares y cámaras dotadas de IA. 

La cuestión es que en esta señal se indica claramente que debemos dejar una distancia de, como mínimo, 70 metros con el vehículo precedente. 

Y aquí viene la cuestión: ¿cómo sabemos que son exactamente 70 metros y no menos?

En nuestras motos y coches disponemos de tecnología de ayudas a la conducción, así como de un dispositivo obligatorio que nos indica la velocidad a la que circulamos, el velocímetro. 

Con la aparición de los sistemas ARAS, que ya son obligatorios en los nuevos automóviles que se comercializan en este 2025 –pero no en las motos-, disponemos de muchas herramientas que nos facilitan la vida bordo, y que nos pueden evitar muchos accidentes.

Es más, estos sistemas pueden ir creciendo en funcionalidades con las actualizaciones OTA del software del vehículo, con lo que con el paso del tiempo el coche será cada vez más ”inteligente”. 

La DGT utilizará nuevos radares, suponemos.Ayuntamiento Montgat

Pero estos sistemas aún no están presentes en la inmensa mayoría de motos y coches que circulan por nuestras carreteras, y pasarán muchos años antes de que todos dispongan de ellos. 

A pesar de todas las funcionalidades de los sistemas ARAS, no hay ninguno que mida exactamente la distancia con el vehículo precedente. Puedes ajustar la distancia entre tres niveles, pero no en metros. 

Y aquí viene la debilidad legal de esta nueva señal y su correspondiente sanción -pueden ser de 200 y hasta de 500 euros-, el conductor no dispone de ninguna funcionalidad electrónica en su vehículo que indique claramente la distancia en metros con el vehículo precedente. Cuando la señal a respetar incluye una cifra, debe haber un dispositivo en el vehículo o la vía que indique esa cifra al conductor.

Ejemplo: imaginaos que la DGT se inventa una señal que indique que el conductor no puede conducir si hay rachas de viento de 50 km/h, y que no existe ningún dispositivo, en el vehículo o la vía, que lo marque… Queda claro que no hay manera de cumplirla…

Para evitar un exceso de velocidad, absolutamente todos los vehículos disponen de un velocímetro -es obligatorio en todos los vehículos a motor que circulen-, y algunos, los más modernos, disponen de alertas electrónicas cuando sobrepasamos la velocidad máxima de la vía -y que no es obligatorio en los vehículos que circulan-. Gracias a ello podemos evitar cometer un exceso de velocidad. 

Para evitar cometer el resto de infracciones habituales, solo debemos utilizar la vista y cumplir lo que indican las señales de tráfico y marcas viales en el asfalto, ya que se trata de líneas continuas, giros prohibidos, contra dirección o carriles para giros obligatorios. O se cumple o no se cumple, no hay medias tintas, fácil de entender.

Para cumplir todo ello no necesitamos ninguna herramienta obligatoria como el velocímetro.

Pero para esta nueva señal S991f no disponemos de un medidor de distancia en nuestros vehículos, así que ¿cómo podemos cumplirla sin ayuda de un medidor de distancia? Podemos dejar una distancia, pero nunca sabremos exactamente cuántos metros hay. 

O sea que, si se impone una sanción por no respetar la distancia de 70 metros, es recurrible, porque ningún conductor dispone de una funcionalidad en su vehículo que le permita conocer exactamente la distancia con el vehículo que le precede, análogamente como sucede con la velocidad máxima y el velocímetro. 

A nuestro parecer, también incurren otros factores que no se han tomado en consideración, como la propia dinámica del tráfico, ya que a pesar de que mantengas la distancia con el vehículo precedente, siempre puede cambiar de carril un vehículo y reducir esta distancia, provocando una frenada repentina para conservar la distancia obligatoria -y un posible accidente por alcance en cascada. 

La única manera de controlar la distancia entre vehículos en estos tramos es añadir la prohibición de adelantar, con carriles cerrados por líneas continuas. 

Aún y así, tal y como hemos comentado, no disponemos de ningún ”distanciómetro” para conocer la distancia con el vehículo que circula por delante de nosotros. Esperemos que alguna asesoría legal tome nota de nuestras sugerencias y, sobre todo, la DGT.