
La posibilidad de que las motocicletas puedan circular por el arcén a partir del 1 de octubre no se aplicará en toda España. Cataluña ha confirmado que no autorizará esta medida, pese a que el nuevo Reglamento General de Circulación abre la puerta a hacerlo en situaciones de congestión del tráfico y siempre y cuando se encuentre señalizado en la vía. La decisión ha sido anunciada por el director del Servei Català de Trànsit (SCT), Ramon Lamiel, quien ha explicado que la competencia para habilitar esta medida corresponde a la autoridad de tráfico de cada territorio. En el caso de Cataluña, el SCT ha decidido mantener la prohibición y no acceder a esta nueva medida en concreto que llegará próximamente. Según Lamiel, el motivo es la seguridad. El responsable del SCT considera que permitir la circulación de motocicletas por el arcén supondría un riesgo y defiende que este espacio debe mantenerse libre para facilitar la actuación de los servicios de emergencia y de los agentes de tráfico cuando se produce un accidente. De este modo, mientras que en gran parte del territorio nacional las motos podrán utilizar el arcén derecho en caso de retenciones, siempre que exista la correspondiente habilitación y se respeten las condiciones fijadas por la normativa estatal, en las carreteras catalanas esta posibilidad no estará permitida. La decisión convierte a Cataluña en la principal excepción a una de las novedades más destacadas del nuevo Reglamento General de Circulación, cuya entrada en vigor está prevista para el próximo 1 de octubre.
Cataluña NO permitirá circular en moto por el arcén
